El continuo aumento del coste de la energía y de la conciencia del impacto medioambiental, conducen a la implantación de medidas destinadas a reducir significativamente el consumo energético de los edificios y potenciar el uso de energías renovables.
BSP CONSULTORES ofrece a sus clientes un equipo de técnicos formados específicamente en las siguientes materias:
- CERTIFICADO ENERGÉTICO
A partir de la entrada en vigor del RD235/2013, desde el 1 de Junio de 2013, todos los edificios existentes, ya sean viviendas o locales, deben contar con un certificado de eficiencia energética tanto si son para venta o alquiler.
Tener un Certificado Energético de vivienda con una alta calificación, o al menos superior al del resto de su entorno, representa para el propietario las siguientes ventajas:
- CONTROL EXTERNO DEL CERTIFICADO ENERGÉTICO
En este sentido la Verificación del Certificado Energético por parte de una empresa independiente y acreditada supone una garantía importante acerca del cumplimiento real de las prestaciones energéticas del edificio de cara al promotor y al comprador de la vivienda.
BSP CONSULTORES está acreditada en distintas Autonomías como Entidad de Control de Calidad de la Edificación (ECCE) en el campo de la supervisión de la certificación de la eficiencia energética de los edificios, de cualquier tipología, en las fases de proyecto, ejecución de obra y vida útil, pudiendo acreditar una dilatada experiencia en esta materia.
El proceso de control se divide en tres fases sucesivas:
También realizamos certificados energéticos y asesoramos al promotor en la obtención de altos niveles en la escala de eficiencia energética.
- AUDITORÍA ENERGÉTICA DE EDIFICIOS
La Auditoria Energética consiste en detectar y analizar las fuentes de energía activas y pasivas del edificio, para poder decidir respecto a la posible mejora de la eficiencia energética, siempre buscando la mayor viabilidad económica y técnica en las propuestas de actuación.
Esta Auditoria Energética, puede ir acompañada por ensayos de infiltraciones (Blower Door), donde se detectan y estudian los puentes térmicos, eficacia de cerramientos y su influencia en la Calificación Energética.
El Real Decreto 56/2016 establece que las empresas que tengan la consideración de grandes empresas, deben someterse a una Auditoria Energética cada 4 años desde la fecha de la Auditoría Energética precedente. Se entiende por tales, tanto las que ocupen al menos a 250 personas, como las que, incluso sin cumplir dicho requisito, tengan un volumen de negocio que sobrepase de 50 millones de euros y, a la par, un cómputo general que sobrepase de 43 millones de euros.